Peritaje de accidentes de tránsito: por qué la identidad del vehículo se verifica antes que la huella de frenado

En un peritaje de accidentes de tránsito la tentación es ir directo a lo técnico: medir las huellas, aplicar la fórmula de fricción, estimar la velocidad y discutir la hipótesis que el agente consignó en el informe. Es lo que el abogado espera y lo que el juez va a leer con más atención. Pero un dictamen que empieza por la física y no por la identidad de los vehículos se puede caer por un dato que nunca estuvo en la vía: una placa que no corresponde al chasis, un vehículo cuya clase registrada no es la que chocó, un conductor cuya licencia no cubría ese vehículo. La identidad se establece primero. Y hoy se establece, en buena parte, con tres consultas públicas que toman menos de quince minutos.

Las tres consultas, en una tabla

Qué se verifica Dónde Qué pasa si no coincide
Identidad del vehículo: motor, chasis, VIN, clase, servicio, peso bruto, matrícula, SOAT y revisión técnico-mecánica RUNT, por placa y documento del propietario Se suspende el análisis de dinámica hasta identificar el vehículo real
Identidad del conductor: registro, estado de la licencia y categorías RUNT, por cédula Se consigna como hecho verificado y se cruza con la clase del vehículo
Comparendo del accidente y antecedentes de infracciones SIMIT, por placa y por cédula Se contrasta el código de la infracción con la evidencia física

1. El vehículo: la ficha del RUNT contra el vehículo físico

El Registro Único Nacional de Tránsito es la fuente oficial de la identidad de un vehículo en Colombia. Con la placa y el documento del propietario, la consulta del RUNT por placa, que puede hacerse desde el formulario publicado por NBI S.A.S., devuelve los datos que el perito contrasta uno a uno con la inspección y con el informe policial:

La captura de esta consulta, con fecha y hora, va al anexo del dictamen. Es un documento de fuente oficial que el perito no interpreta: lo reproduce y lo contrasta.

2. El conductor: licencia, categoría y vigencia

La segunda identidad es la del conductor. La consulta del RUNT por cédula muestra si la persona está registrada como conductor, el estado de su licencia y sus categorías; NBI publica una página para comprobar la vigencia y la categoría de una licencia en el RUNT con el mismo formato que la de placa. Para el perito, tres cruces:

En el análisis del informe policial de accidente de tránsito explicamos por qué estas casillas, que parecen de trámite, son de las primeras que un perito verifica: el IPAT tiene presunción de veracidad, y desvirtuar un dato de identidad mal consignado exige exactamente este tipo de prueba documental.

3. Los antecedentes: comparendos en el SIMIT

La tercera consulta es la consulta de comparendos en el SIMIT, por la placa de cada vehículo y por la cédula de cada conductor. Aporta dos cosas distintas al dictamen:

Hay que leer el SIMIT con cuidado: un comparendo pendiente es una imputación; una multa en firme es una sanción ejecutoriada. Confundirlos en un dictamen es un error que la contraparte agradece.

Cuando los datos no coinciden

La mayoría de las veces las tres consultas confirman lo que dice el expediente y el perito pasa a la física con la identidad resuelta en dos páginas de anexos. Las veces que no coinciden son las que justifican el método:

  1. Placa que no corresponde al chasis. Se suspende el análisis de dinámica hasta identificar el vehículo real; el dictamen advierte la discrepancia y sus posibles explicaciones.
  2. Clase o peso distintos a los supuestos. Se recalculan los modelos de energía y de cantidad de movimiento con la masa registrada y la inspeccionada, y se documenta la diferencia.
  3. Conductor fuera de categoría o con licencia suspendida. Se consigna como hecho verificado, sin inferir una causalidad que la evidencia física no sostenga.
  4. Comparendo del accidente con un código que la evidencia no respalda. Es el escenario clásico de la hipótesis 116: el dictamen presenta el cálculo y deja constancia de la divergencia con el informe.

Cómo se cita en el dictamen

Las consultas no se describen: se anexan. Cada una entra al dictamen con cuatro datos: la fuente (RUNT o SIMIT), la fecha y hora de la consulta, el criterio de búsqueda (placa o documento, enmascarado) y el resultado tal como lo entregó el sistema, en captura íntegra. En el cuerpo del dictamen se referencia el anexo y se enuncia el hallazgo en una línea: «la identidad del vehículo de placa XXX coincide con la registrada» o «se advierte discrepancia en el número de chasis». Así, el juez o la contraparte pueden repetir la consulta y llegar al mismo resultado, que es la prueba de que el perito no inventó nada.

Lista de chequeo del perito antes de la física

Por qué en un peritaje de accidentes de tránsito esto va antes que la fórmula

Un cálculo de velocidad bien hecho sobre un vehículo mal identificado no es una prueba: es un ejercicio. Las tres consultas son gratuitas, toman menos de quince minutos y producen documentos de fuente oficial que el juez puede verificar por su cuenta. Esa verificabilidad es la base de la credibilidad de un dictamen. Por eso, en nuestro protocolo, el RUNT y el SIMIT se leen antes que la huella de frenado, y la física viene después, cuando ya sabemos de qué vehículo, de qué conductor y de qué hechos estamos hablando.

Preguntas frecuentes

¿Qué datos del vehículo verifica un perito antes de reconstruir un accidente?

Los números de motor, chasis y VIN, la clase, el servicio y el peso bruto, el estado de la matrícula y la vigencia del SOAT y de la revisión técnico-mecánica, todos contrastados entre el RUNT, el vehículo físico y el informe policial.

¿Para qué sirve la licencia del conductor en un peritaje?

Para establecer si la persona estaba habilitada para conducir ese vehículo (categoría frente a clase), si la licencia estaba vigente y si el número consignado en el IPAT corresponde al registro. Es un hecho verificado que incide en la valoración de la culpa, no una explicación del accidente.

¿Los comparendos anteriores prueban la responsabilidad en un accidente?

No. Un patrón de infracciones es contexto que las partes pueden usar, pero no demuestra lo que ocurrió el día de los hechos. El dictamen los registra y los distingue del comparendo impuesto por el accidente, cuyo código sí se contrasta con la evidencia física.

¿Las capturas de consultas públicas tienen valor probatorio?

Son documentos de fuente oficial, verificables por cualquiera que repita la consulta. Anexadas con fecha, hora y criterio de búsqueda, sustentan los hallazgos de identidad del dictamen y permiten al juez comprobarlos por su cuenta.

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